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La planificación agresiva del pago de impuestos que realizan las empresas priva a los presupuestos públicos de miles de millones de euros cada año creando una carga fiscal más pesada para los ciudadanos y provocando distorsiones competitivas para aquellas empresas que pagan su parte.

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Créditos: "Tiempo de recuperar la parte que falta" ©Unión Europea.

Desde hoy, 1 de enero de 2019, fecha en la que se celebra el XX aniversario de la adopción del Euro, todos los Estados miembros de la Unión Europea tendrán que aplicar nuevas medidas jurídicamente vinculantes contra las prácticas diseñadas por las grandes multinacionales para evitar el pago de impuestos. En esta ocasión, el objetivo concreto hacia el que van dirigidos los esfuerzos de la UE no es la evasión fiscal (delito contra la legalidad tributaria vigente) sino la elusión fiscal (tax avoidance en inglés) resultante de la planificación empresarial agresiva articulada para pagar lo menos posible en concepto de impuestos o, directamente, no tener que pagarlos, aprovechando los vacíos legales existentes tanto a nivel nacional como internacional en esta materia.

La nueva normativa europea, en forma de Directiva, está basada en el proyecto global BEPS del G20 y la OCDE sobre la erosión de la base imponible en la liquidación de impuestos y el traslado de beneficios empresariales hacia jurisdicciones de baja o nula tributación donde son escasa o nulamente gravados. Para evitar la merma en su capacidad recaudatoria como consecuencia de la reducción artificiosa de la base imponible en la contabilidad de las empresas y/o del desvío de beneficios hacia el exterior de la Unión, los Estados miembros aplicarán las siguientes medidas:

- Limitar la cantidad de intereses netos que una empresa pueda deducir de sus ingresos sujetos a tributación con el fin de desincentivar que las empresas utilicen pagos de intereses excesivos para minimizar su carga tributaria.

- Gravar los beneficios transferidos hacia territorios con un bajo nivel de imposición donde las empresas no desarrollen una actividad económica auténtica.

Según indica la Comisión Europea, los Estados miembros podrán hacer frente a los planes de elusión fiscal de las empresas utilizando estas nuevas medidas cuando no puedan aplicarse otras normas generales contra este tipo de prácticas abusivas.

Porcentaje sobre el PIB correspondiente a lo recaudado en impuestos. Fuente: Comisión Europea.

Porcentaje sobre el PIB correspondiente a lo recaudado en impuestos. Fuente: Comisión Europea.

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Adicionalmente, a partir del 1 de enero de 2020 entrarán en vigor otras normas que regularán los desajustes híbridos con el fin de impedir que las sociedades exploten las diferencias existentes en la legislación tributaria entre países de la UE para eludir impuestos, así como medidas para garantizar que los beneficios obtenidos en activos tales como la propiedad intelectual que salgan del territorio de un Estado miembro pasen a ser imponibles en ese mismo Estado.

Los desajustes híbridos son acuerdos transfronterizos que aprovechan las diferencias en el tratamiento fiscal de los instrumentos financieros, las transferencias de activos y las entidades, para lograr una "doble no-imposición" o resultados diferidos a largo plazo que pueden no haber sido previstos por ninguno de los países.

Por último, la Comisión recuerda que ha propuesto también reformas de gran calado en la tributación de las empresas para cambiar el modo en que se grava a las multinacionales en la UE, intentando garantizar, al mismo tiempo, un entorno de negocio que facilite el funcionamiento de las empresas que realizan actividades transfronterizas.

La planificación agresiva del pago de impuestos que realizan las empresas priva a los presupuestos públicos de miles de millones de euros cada año creando una carga fiscal más pesada para los ciudadanos y provocando distorsiones competitivas para aquellas empresas que pagan su parte.

Tag(s) : #AFSJ, #Tax, #Single Market, #EU Member States